La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana ha establecido criterios claros sobre la validez de contratos entre empresas administradas por la misma persona. En una sentencia del 24 de febrero de 2021, la corte abordó un caso de embargo inmobiliario y nulidad por simulación, donde se cuestionó la legitimidad de un contrato de préstamo entre dos entidades con un representante común.
El tribunal determinó que la representación dual no implica automáticamente un conflicto de intereses ni invalida el contrato. La corte enfatizó que las personas jurídicas tienen personalidad legal independiente y que la simulación contractual debe ser probada de manera fehaciente. La decisión refuerza la seguridad jurídica en transacciones entre sociedades vinculadas, asegurando su eficacia ante impugnaciones infundadas.




