La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana ha dictaminado que un depósito realizado por Rafael Leónidas Trujillo en 1950 en el Banco de Reservas debe ser restituido al Estado. El depósito, de 2.3 millones de dólares, fue originalmente destinado a Lina Altagracia Lovatón Pittaluga, amante del dictador, y madre de dos de sus hijos.
La controversia surgió cuando los hijos de Lovatón, Rafael José Ramón Trujillo Lovatón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón, reclamaron los fondos como herederos. Sin embargo, la justicia determinó que los recursos estaban sujetos a confiscación bajo la Ley 5785-62, promulgada tras la caída de la dictadura para confiscar bienes de Trujillo y sus allegados.
La sentencia de la Suprema Corte, SCJ-PS-25-0816, estableció que los fondos provenían del erario y tenían un origen ilícito, por lo que debían ser devueltos al Estado. A pesar de que los herederos llevaron el caso al Tribunal Constitucional, la decisión de la Suprema se mantuvo firme, reafirmando que los fondos pertenecen al patrimonio estatal.




