El Tribunal Constitucional ha decidido que las pensiones por discapacidad serán vitalicias. Esta decisión permite a los beneficiarios optar por la pensión de vejez al alcanzar la edad de retiro, manteniendo la prestación más favorable. La sentencia modifica el artículo 47 de la Ley 87-01, que regula el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
La acción fue presentada por AFP Popular, que cuestionó la falta de claridad en la ley sobre la compatibilidad de ambas pensiones. El Tribunal otorgó al Congreso Nacional un plazo de dos años para ajustar la legislación y asegurar la sostenibilidad del sistema. Además, rechazó la solicitud de financiar estas pensiones con el Fondo de Solidaridad Social, dejando la decisión al legislador.
El Tribunal Constitucional ha subrayado la importancia de garantizar la continuidad de la pensión por discapacidad durante el proceso de transición a la pensión de vejez. Esta medida busca proteger los derechos fundamentales de los afiliados y asegurar el equilibrio económico del sistema de pensiones.




