El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha declarado inconstitucional el Decreto 308-06, que regulaba el horario de expendio de bebidas alcohólicas en colmados y centros de diversión. Esta decisión ha sido bien recibida por el abogado y politólogo Franklin Mercado, quien argumenta que un decreto no puede restringir indefinidamente derechos fundamentales como la libertad de empresa y económica. Mercado destacó que tales regulaciones deben estar respaldadas por una ley aprobada conforme al marco constitucional, respetando las garantías establecidas en la Constitución. La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo también apoyó la sentencia, reconociendo que el Congreso Nacional debe legislar sobre estos aspectos. Aunque el decreto seguirá vigente temporalmente, se espera que el Congreso Nacional apruebe una ley que regule adecuadamente el expendio de bebidas alcohólicas, equilibrando la seguridad ciudadana y los derechos fundamentales.