El Estatuto de Roma permite que un Estado Parte denuncie el Estatuto mediante una notificación al Secretario General de la ONU, con efecto un año después de recibida la notificación. A pesar de la renuncia, las obligaciones del Estado bajo el Estatuto continúan vigentes. Los Estados pueden ratificar, aceptar, aprobar o adherirse al Estatuto de Roma según el artículo 125, sin admitir reservas, pero pueden hacer declaraciones en casos de crímenes de guerra.

Los Estados que deseen renunciar deben seguir el procedimiento establecido y continúan obligados en ciertos aspectos del Estatuto. El artículo 124 permite a los Estados declarar excepciones a la jurisdicción de la Corte para crímenes de guerra durante siete años. Sin embargo, los principios del Estatuto no difieren significativamente de las obligaciones del derecho humanitario y consuetudinario.

Es importante que los Estados cuenten con legislación que regule las violaciones a las leyes de la guerra y capaciten al personal militar en estas disposiciones. La declaración del artículo 124 podría dejar a un Estado vulnerable ante crímenes de guerra si no acepta la competencia de la CPI. Los Estados deben reflexionar cuidadosamente sobre esta declaración al ratificar el Estatuto de la CPI.