El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha dictaminado que las juntas de vecinos no pueden utilizar drones ni cámaras para vigilar la vida privada de los residentes. Esta decisión también prohíbe la exposición en redes sociales de propietarios morosos mediante la difusión pública de sus deudas.

El fallo se originó a partir de un recurso relacionado con el Residencial Estrella Marina en La Romana, donde se impugnó la elección de la directiva de la Junta de Vecinos y varias medidas para cobrar cuotas de mantenimiento. Entre las prácticas cuestionadas estaban la publicación de nombres e imágenes de deudores en redes sociales y el uso de drones para monitorear el interior de las viviendas.

El Tribunal concluyó que estas acciones violan el derecho fundamental a la intimidad, al honor y al buen nombre de las personas afectadas. Sin embargo, aclaró que informar sobre deudas dentro del propio residencial no constituye una violación de derechos fundamentales, siempre que se trate de una deuda cierta y exigible.

El Tribunal también recordó que los equipos de vigilancia cumplen una función legítima cuando se utilizan para reforzar la seguridad en accesos y espacios compartidos, pero no cuando apuntan hacia las viviendas. La decisión se alinea con las restricciones de la legislación aeronáutica sobre el uso de drones en el país.