El Tribunal Constitucional (TC) ha ratificado la obligación de que el presidente ejecutivo, los miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes del Banco de Reservas (Banreservas) presenten declaraciones juradas de patrimonio. Esta decisión responde a un incumplimiento prolongado por parte de los 12 miembros del Consejo de Directores, quienes hasta el 30 de junio de este año figuraban como omisos ante la Cámara de Cuentas, pese a haber sido nombrados en 2024.
La sentencia TC/0855/26 rechaza una acción de inconstitucionalidad que pretendía eximir a estos funcionarios de la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio. Los demandantes argumentaban que Banreservas opera bajo un régimen especial y que la obligación de declarar patrimonio generaba desigualdad frente a bancos privados. Sin embargo, el TC subrayó la importancia de la transparencia patrimonial en entidades de capital estatal.
El tribunal destacó que, aunque Banreservas compite con bancos privados, la declaración jurada no afecta sus operaciones financieras ni coloca al banco en desventaja competitiva. La Cámara de Cuentas se encarga de verificar el patrimonio personal de los funcionarios, complementando la supervisión financiera de la Superintendencia de Bancos. La decisión mantiene la vigencia del artículo 21 de la Ley 311-14, que obliga a las instituciones a entregar información para comprobar las declaraciones juradas.




