La Superintendencia de Bancos ha emitido una disposición que facilita la cancelación de cuentas, tarjetas de crédito y otros productos financieros. La normativa establece que la cancelación debe realizarse por el mismo canal utilizado para la contratación, siempre que esté habilitado. Las entidades financieras tienen un plazo máximo de siete días hábiles para procesar la solicitud de cancelación.

En el caso de productos de crédito, también deben entregar la carta de saldo y liberar las garantías oportunamente. La normativa obliga a las entidades a informar claramente sobre el procedimiento y las condiciones que puedan impedir la cancelación. Existen circunstancias específicas que pueden retrasar el proceso, como balances pendientes o productos sujetos a embargo.

La disposición aplica a productos contratados por canales no presenciales, pero no todos pueden cancelarse obligatoriamente por internet. Las entidades deben proporcionar una confirmación escrita de la cancelación y evitar prácticas que dificulten el cierre de productos. Los usuarios pueden acudir a ProUsuario si consideran que las reglas no se están cumpliendo.