La magistrada del Tribunal Superior Electoral (TSE), Rafaelina Peralta Arias, ha expresado su desacuerdo con el artículo 13 del reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe la publicación de encuestas electorales fuera del período formal de precampaña. Peralta Arias argumenta que esta prohibición vulnera la libertad de expresión y el pluralismo democrático, y debería ser declarada nula por exceder la potestad reglamentaria del organismo electoral.
En un voto disidente que acompañó la sentencia TSE/0025/2026, la magistrada señaló que el TSE tiene competencia para examinar la legalidad del reglamento. Según Peralta Arias, la JCE creó una prohibición que no está contemplada en la Ley Orgánica del Régimen Electoral, incurriendo así en un exceso de su potestad normativa.
La jueza también destacó que la restricción impuesta por la JCE limita el derecho de los ciudadanos a recibir información y afecta el pluralismo democrático. Por ello, propuso acoger el recurso de Justicia Sin Fronteras, declarar la nulidad del artículo impugnado y ordenar a la JCE abstenerse de aplicar dicha prohibición.




