En los procesos judiciales, un tribunal puede imponer el pago de las costas penales a una persona declarada culpable. Estas costas corresponden a los gastos generados por el Estado durante el proceso judicial, que el condenado debe asumir. Sin embargo, en la práctica, el cobro efectivo de estas costas es complejo y a menudo no se realiza.
El abogado Cándido Simó explica que las costas penales incluyen costos como la custodia policial y el tiempo de los fiscales y jueces. Aunque el Estado debería liquidar estos gastos, generalmente no lo hace, y no existen sanciones penales para quienes no pueden pagarlas. El abogado Robinson Reyes añade que las costas pueden ser impugnadas si se consideran excesivas.
La legislación dominicana establece que las costas son impuestas a la parte vencida, salvo excepciones. En caso de absolución, el Estado asume las costas. A pesar de su importancia legal, los casos de cobro efectivo de costas penales son raros, según los juristas consultados.




