El régimen de separación de bienes, tradicionalmente visto como una expresión de autonomía en el derecho matrimonial, enfrenta cuestionamientos en la práctica jurídica contemporánea. A menudo, estos acuerdos no surgen de una negociación equitativa, sino de una imposición estructural que puede derivar en violencia económica.

Cuando un pacto patrimonial es utilizado para coaccionar o despojar a uno de los cónyuges, su validez formal se ve comprometida por principios superiores del orden público constitucional. La verdadera autonomía contractual requiere libertad plena y paridad entre las partes al momento de prestar el consentimiento.

Ejemplos de inequidad se observan cuando las cláusulas sancionatorias unilaterales en un pacto de separación de bienes imponen restricciones severas a una parte, mientras liberan a la otra. Esto atenta contra el artículo 39 de la Constitución de la República Dominicana, que prohíbe la discriminación por razón de género.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, que desestimó capitulaciones de separación de bienes por violencia económica, resalta la importancia de juzgar con perspectiva de género. En el contexto dominicano, la justicia sustantiva debe prevalecer sobre esquemas contractuales que disfrazan la violencia económica.