La Corte de Apelación de Puerto Plata ha dictado una sentencia de tres años de prisión suspendida para Wander Samuel Franco Aybar, junto con una multa equivalente a tres salarios mínimos, por un caso de abuso sexual a una menor. En mayo, un tribunal de primer grado lo declaró culpable, pero le otorgó un perdón judicial. El abogado Jonathan del Rosario explicó que la suspensión condicional de la pena permite que el condenado no ingrese a prisión, siempre que cumpla con ciertas condiciones durante un período de prueba.
El perdón judicial, por otro lado, se concede cuando el juez considera que imponer la pena ordinaria sería desproporcionado debido a circunstancias excepcionales. Del Rosario destacó que ni la prisión suspendida ni el perdón judicial implican impunidad o inocencia, sino que son medidas legales que eximen de cumplir la pena bajo ciertas condiciones. Además, el abogado señaló que estas figuras están reguladas por el Código Penal, que establece requisitos específicos para su aplicación.
Durante el período de prueba de la prisión suspendida, el condenado debe seguir reglas como residir en un lugar fijo y evitar contacto con la víctima. Si incumple estas condiciones, la suspensión puede ser revocada y el condenado tendría que cumplir la pena completa. Asimismo, si comete otro delito durante este tiempo, se juzgará por separado y podría agravarse la pena por reincidencia.




