El tribunal de San Cristóbal absolvió a los propietarios de Vidal Plast, acusados de la explosión ocurrida el 14 de agosto de 2023, debido a la falta de pruebas concluyentes. La investigación del Ministerio Público no logró demostrar científicamente la causa de la explosión ni vincular penalmente a los acusados. La sentencia destacó la ausencia de evidencia suficiente, informes sin respaldo técnico y contradicciones en los testimonios presentados.

La jueza Wilma Altagracia Cuello García concluyó que no se pudo probar, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad de los imputados. Además, las víctimas retiraron su acción civil al considerar insuficiente lo demostrado durante el juicio. La sentencia también señaló que el Ministerio Público no logró establecer la presencia del material peligroso en el lugar al momento de la explosión.

El tribunal cuestionó la falta de identificación científica de las sustancias involucradas y la ausencia de registros en los archivos del Cuerpo de Bomberos. La defensa presentó pruebas de un desalojo previo de Vidal Plast, lo que complicó la acusación de que la empresa controlaba el inmueble al momento del incidente. La investigación no logró determinar la causa exacta de la explosión ni la responsabilidad penal de los acusados.