La Embajada de Estados Unidos en República Dominicana ha recordado los requisitos necesarios para que un niño nacido fuera del territorio estadounidense pueda adquirir la ciudadanía al nacer. Los padres deben demostrar que han residido físicamente en Estados Unidos o en uno de sus territorios durante al menos cinco años antes del nacimiento del menor, de los cuales al menos dos deben ser después de que el progenitor cumpliera 14 años.

Si se cumplen estos requisitos, los padres pueden solicitar un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), que certifica la ciudadanía estadounidense del menor. Este documento permite al niño solicitar un pasaporte estadounidense y acceder a servicios consulares. La solicitud debe presentarse antes de que el hijo cumpla 18 años, y los padres deben presentar documentos originales durante la entrevista consular.

La embajada advierte que la falta de documentación puede retrasar el proceso y que las tarifas no son reembolsables. El proceso comienza con el registro en la plataforma MyTravelGov y el pago de 100 dólares por el CRBA. Los documentos requeridos incluyen el acta de nacimiento del menor, identificaciones de los padres, prueba de ciudadanía estadounidense del progenitor y evidencia de presencia física en Estados Unidos.